MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE NUEVO CHIMBOTE
Bienestar paraTODOS
3.1 Plazo para la presentación de la Declaración Jurada:
Todos los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote, tienen la obligación de presentar su declaración jurada del impuesto predial
a) Hasta el último día hábil del mes de febrero, salvo que el Municipio establezca una prórroga.
b) Cuando se efectúa cualquier transferencia de dominio de un predio o se transfieran a un concesionario la posesión de los predios integrantes de una concesión efectuada al amparo del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, sus normas modificatorias, ampliatorias y reglamentarias, o cuando la posesión de éstos revierta al Estado, así como cuando el predio sufra modificaciones en sus características que sobrepasen al valor de 5 UIT. En estos casos, la declaración jurada deberá presentarse hasta el último día hábil del mes siguiente de producidos los hechos.
c) Cuando así lo determine la administración tributaria para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que determine para tal fin. La actualización de los valores de predios por las Municipalidades, sustituye la obligación contemplada por el inciso a) del presente artículo, y se entenderá como válida en caso que el contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago al contado del impuesto.
3.2. Cronograma de Pagos
3.2.1 Para el Impuesto Predial:
Podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas:
a) Al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año.
b) En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales.
En este caso, la primera cuota será equivalente a un cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse hasta el último día hábil del mes de febrero. Las cuotas restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del Índice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), por el período comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago.
2018
2017
2016
3.2.2 Para los Arbitrios Municipales:
Para el pago o cancelación de los arbitrios municipales, la obligación de pago de las cuotas mensuales correspondiente al Ejercicio Fiscal de cada año, vence:
2018
2017
2016
3.3.Lugares de Pago:
Oficina Principal en Jr. Inti Raimy esq. Av. Argentina s/n- Plaza Mayor Nvo Chimbote, Urb. Jose Carlos Mariategui S/n - Centro Civico(Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote) y Oficinas del Banco de la Nación Cuenta N° 00-781-129003 a nombre de la Municipalidad Distrital de Nuevo Chimbote (remitir voucher de depósito para canje por recibos de caja).
Consultas, quejas y sugerencias: rentas@muninuevochimbote.gob.pe
Responsable : Jhino Paoly NuÑez Lozada
E-mail : rentas@muninuevochimbote.gob.pe
Direccion :Urb. José Carlos Mariategui Centro Cívico s/n
Teléfono: 043-310759